RESIDENCIAS

 Funcionamiento administrativo de las Residencias:


1. Cada Jefe de Residente debe presentar antes de fin de mes las NOVEDADES de la actividad de los residentes.
a. Asistencias e Inasistencias de los Residentes;
b. Licencia de los residentes, duración y motivo (casamiento, maternidad, fallecimiento de familiar, otras).
c. Licencia por capacitación (lugar, duración).
d. Vacaciones
e. Rotaciones por Alta o Baja complejidad.

Es fundamental que este informe sea entregado al Dpto. de Docencia antes del 20 de cada mes. Esto debido a los tiempos administrativos de los circuitos: Docencia - Sub. Recursos Humanos - Nación ( si corresponde).
  • Para el cobro de la beca en tiempo y forma es necesario contar con esta información también en tiempo y forma. De lo contrario se producen Demoras o la Baja de la Beca.
2. Los Jefes de Residentes siempre deben presentar la Documentación con el aval del Jefe de Servicio y/o Instructor a cargo.

3. Evaluaciones: Se realizan cada 4 meses. Una planilla registra la puntuación de Concepto, Actividad científica, Examen, etc. Esta planilla va junto a un Examen Escrito.
  • Deben ser presentadas antes de finalizar el cuatrimestre. De lo contrario los residentes no tienen calificación. 
4. Ningún residente puede abandonar el servicio sin la autorización del Jefe del Servicio y comunicado al Dpto. de Docencia.

a.  El residente debe por escrito solicitar al Jefe de Servicio autorización para abandonar el servicio por: enfermedad, capacitación, rotación, vaciones, otros.
b. BECA PROVINCIAL: En el caso de una licencia por enfermedad presentar documentación y certificado médico a RR.HH. del Ministerio de Salud y al Dpto. de Docencia del Hospital (en primera instancia).
c. BECA NACION: En el caso de licencia por enfermedad, el trámite de presentación de certificado médico se realiza con la Sra. Lidia de la Delegación Sanitaria Nación (calle Junín entre Salta y Tucumán, al lado del Min. de Salud de la Provincia). Presentar esta documentación a RR.HH. del MSP y al Dpto. de Docencia del Hospital.

5. Cumplimiento de la Reglamentación vigente de Residencias. Todos los residentes se encuentran afectados al cumplimiento de las normativas. Por ningún caso se debe exceder la cantidad de horas guardias, haciéndose responsable de eventuales perjuicios el Jefe de Servicio, Instructor, Jefe de Residente o Médico de Planta que solicite la extensión de la carga horaria. La carga horaria reglamentaria es de 7 a 17 hs. Cualquier extensión de este horario se considera una transgresión a la normativa.
  • El cronograma de guardias debe ser presentado mensualmente al Dpto. de Docencia.

6. El Jefe de Residente y el Instructor a cargo debe enviar al Dpto. de Docencia el Programa de actividades a realizar: ateneos, talleres, otros. La secretaria académica del Dpto. debe tener conocimiento en sus recorridos por los servicios de las actividades de los residentes: si se hallan en una actividad quirúrgica o asistencial, rotando, en ateneo, en clase.

7. Los residentes y/o Jefes de Residentes Sin excepción, deberán concurrir a la citación oportuna de reuniones con la Secretaria Académica y/o Jefatura del Dpto. En caso de fuerza mayor, enviarán un representante, fundando el motivo de tal decisión de manera expresa.


LA NORMATIVA QUE PRESENTAMOS PUEDE SER CONSULTADA EN DOCENCIA, SOLICITADA POR MAIL O DESCARGADA DE ESTE PAGINA. SE NECESITA FLASH PARA VISUALIZAR LA APLICACIÓN Y READER PDF
 decreto prov 408 año 2010

NORMATIVAS VIGENTES (a Julio 2010)


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